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Cómo inscribir mis bienes en el registro de la propiedad. El expediente de dominio..

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Derecho civil

Cómo inscribir mis bienes en el registro de la propiedad. El expediente de dominio.

Existen diversas situaciones, que dan lugar a que una persona, sea el titular de un bien inmueble, una vivienda, una finca rústica o urbana, pero no aparezca por diversas razones en el Registro de la Propiedad inscrita a su nombre.

En este caso, el titular, deberá acudir a un expediente de dominio.

El expediente de dominio es un trámite de Jurisdicción Voluntaria del que se hace uso cuando se es titular de un inmueble pero no se posee un título válido y eficaz para acceder al Registro de la Propiedad, por tanto, no podemos acudir a esta vía si no somos dueños del inmueble y si no ostentamos un título que aún no válido y eficaz, acredita nuestro dominio.

Existen tres tipos de expediente de dominio

  1. Expediente de dominio para la inmatriculación de fincas. Este primer caso, se refiere a fincas que por una u otra razón, nunca han accedido al registro de la propiedad.

  1. Expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo. En este segundo caso, nos referimos a expedientes que por alguna razón, constan en el Registro a nombre de una persona, pero no constan las transmisiones posteriores hasta llegar al titular actual. Este caso, por ejemplo, podría ser una vivienda a nombre un abuelo de la persona que es el legítimo propietario, pero que no se hayan inscrito en el Registro el paso al padre de nuestro cliente y ya no se pueda subsanar esto.

  1. Expedientes de dominio de exceso de cabida. Este tercer caso, es mucho más común de lo que parece, ya que existen fincas rusticas que en su día se inscribieron con muy pocos metros y en la realidad física, pueden tener dos y tres veces más de la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad.

En lexibieria servicios jurídicos, somos expertos de derecho civil y contamos con una experiencia acreditada en la tramitación de expedientes de dominio de inmatriculación de fincas, reanudación del tracto sucesivo e inscripción de excesos de cabida.

Aun a día de hoy, existen tanto en Almería capital como en los distintos pueblos de la provincia ( El Ejido, Huercal-Overa, Cuevas del Almanzora, Roquetas de Mar, Nijar Albox, Vélez-Rubio, Berja, la alpujarra almeriense y filabres ) gran cantidad no solo de fincas, sino también viviendas, que por una u otra razón, no constan inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre de sus titulares.

Si usted está en esta situación, no dude en contactar con LEXIBERIA Servicios jurídicos y tras estudiar su caso, analizaremos las opciones existentes para que pueda inscribir sus bienes en el Registro de la Propiedad.